Santo Domingo, R.D. – El nuevo Código Penal dominicano, que entrará en vigencia dentro de un año, incluye sanciones severas para quienes organicen o participen en carreras ilegales, acrobacias (calibras) u otros comportamientos peligrosos con vehículos, incluidos motocicletas y automóviles.
Principales sanciones establecidas:
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Muerte o daño irreversible: quienes causen la muerte de una o más personas durante estas actividades serán sancionados con entre 10 y 20 años de prisión mayor y una multa de 20 a 30 salarios mínimos del sector público.
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Lesiones permanentes: si no hay fallecidos, pero sí mutilaciones o incapacidades permanentes, la pena será de 5 a 10 años de prisión mayor, más una multa de 10 a 20 salarios mínimos.
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Heridas leves o golpes: se contemplan 2 a 3 años de prisión menor y una sanción económica de 9 a 15 salarios mínimos del sector público.
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Estas penas aplican también a conductores de vehículos pesados o livianos que incurran en estas prácticas, frecuentes en las vías públicas del país. Listín Diario
Este artículo del Código no solo considera estas conductas como infracciones al tránsito, sino como delitos graves con consecuencias penales significativas.
Contexto del problema
Las estadísticas de 2024 muestran que más del 70 % de las muertes por accidentes de tránsito en República Dominicana involucran motocicletas, lo que refleja la gravedad del fenómeno y la necesidad de medidas legislativas contundentes. Listín Diario